El martes 7 de julio, el Consejo de Ministros decidió prorrogar hasta septiembre una serie de medidas para proteger a los ciudadanos ante los efectos de la crisis sanitaria. El objetivo es aliviar las cargas hipotecarias de las familias, las rentas del alquiler y garantizar los suministros básicos para evitar situaciones de precariedad.
¿Hasta cuándo se puede solicitar la moratoria?
El plazo límite para solicitar un aplazamiento hipotecario sobre tu casa acaba el 29 de septiembre y tiene una duración inicial de 3 meses. La moratoria proporcionada por el Gobierno y la del sector financiero son compatibles. Es decir, que si eres beneficiario de ambas disfrutarás de un periodo inicial de 3 meses sin intereses y posteriormente tendrás una moratoria extra de 9 meses con devengo de intereses.
De igual forma, la prórroga de créditos al consumo está disponible hasta el 29 de septiembre. También tienen una duración trimestral y se puede conceder al mismo tiempo que la convencional del sector privado. ¿Tienes alguna duda? Pues entonces lo mejor es que te pongas en contacto con agentes profesionales del sector inmobiliario, ya que conocen al dedillo todos los cambios en la normativa y te ayudarán con cualquier problema que tengas.
¿Qué ocurre con los arrendamientos?
Todas aquellas personas o familias que puedan demostrar una situación de vulnerabilidad serán beneficiadas con un aplazamiento de 6 meses en sus contratos de alquiler sobre la vivienda habitual. En este caso, el plazo acaba un día después que las dos anteriores, el 30 de septiembre de 2020. Y se mantiene la normativa por la cuál están prohibidos los desahucios hasta el 2 de octubre, siempre que no exista un medio para realojar a los perjudicados.
Garantía de suministros básicos
El Ejecutivo ha prolongado hasta el 30 de septiembre la garantía de los suministros básicos. Dicho de otra forma, es ilegal cancelar el suministro de agua, electricidad o gas en cualquier inmueble que un particular use como primera residencia. También aumenta el tiempo que no computa a efectos de impago. Por ejemplo, si hemos recibido el primer aviso desde el 14 de marzo al 30 de septiembre, solo comenzará a contar a partir del 1 de octubre.
Otra de las medidas más destacadas es el bono social eléctrico, un descuento dirigido a las familias que estén en situación de precariedad. Tiene una duración de 2 años y una vez concluido el plazo se podrá volver a tramitar si no superamos un determinado umbral económico.
Requisitos para solicitar la moratoria
Para solicitar la moratoria al alquiler o la hipoteca, es indispensable estar desempleado o haber sufrido un descenso de al menos un 40% de los ingresos con motivo de la crisis sanitaria. En total, la unidad familiar no puede superar 3 veces el IPREM (unos 1.600 euros), aunque esto varía en función de los niños o personas mayores a tu cargo. Por su parte, la hipoteca y los suministros energéticos deberán suponer como mínimo un 35% de todos los ingresos.
¿Qué documentación necesito?
Si estás en paro necesitarás un certificado de demanda de empleo, que además determine cualquier prestación o subsidio que estés cobrando. Por el contrario, si tu actividad ha cesado por motivo del Covid-19, te hará falta un certificado de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
También tendrás que aportar el Libro de familia para conocer el número de personas que viven en el inmueble, un certificado de empadronamiento y las escrituras de la compraventa en caso de moratoria hipotecaria. Por último, debes escribir una declaración responsable en la que afirmes que careces de los recursos económicos adecuados.